Servir confirma que una entidad pública puede contratar personal bajo el régimen CAS en caso de necesidad transitoria

Mediante el Informe Técnico 002310-2021-Servir-GPGSC la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) señaló que, a partir del 10 de marzo del 2021, todas las entidades públicas se encuentran impedidas de celebrar nuevos contratos administrativos de servicios, excepto si se encuentran dentro de los siguientes supuestos de excepción:

  1. CAS Confianza;
  2. Necesidad transitoria; y,
  3. Suplencia, ello en mérito a lo establecido en la Ley 31131.

Cabe precisar que, la contratación a plazo determinado por necesidad transitoria, al tratarse de una excepción contenida en norma con rango de ley, la excepcionalidad deberá encontrarse en otra norma del mismo rango. Las entidades autorizadas podrán contratar bajo el RECAS a plazo determinado en tanto se encuentre vigente la necesidad transitoria que dio origen a la contratación.

Puede descargar el el Informe Técnico 002310-2021-Servir-GPGSC aquí.

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