Sector Público: El desarrollo de las funciones mediante el trabajo está sujeto a previa evaluación

Mediante el Informe Técnico 001358-2024-SERVIR-GPGSC de fecha 30 de setiembre de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre la aplicación del teletrabajo en la administración pública y el Plan de Implementación del Teletrabajo, para ello el presente organismo rector señaló que todos los servidores civiles de las entidades públicas realizar sus funciones bajo la modalidad señalada, sin distinción de su régimen laboral.

Adicionalmente, señaló que los encargados de identificar los puestos, actividades y funciones que puede ser desarrollados a través del teletrabajo son las oficinas de recursos humanos, en coordinación con los jefes de los órganos y unidades orgánicas de las entidades públicas, no obstante, advirtió que no basta con presentar la solicitud, sin o que la entidades públicas podrán implementarlo, previa evaluación, de acuerdo con el caso concreto, considerando en primer lugar las necesidades de servicio de la entidad y el cumplimiento de los objetivos institucionales.

Informe Técnico 001358-2024-SERVIR-GPGSC.

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Revista Actualidad Laboral: La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.