Se aprueba protocolo respecto a la verificación de la suspensión perfecta de labores

El 24 de abril de 2020, mediante Resolución de Superintendencia 76-2020-SUNAFIL, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral aprobó el Protocolo 004-2020-SUNAFIL/INII, denominado “Protocolo sobre la realización de acciones preliminares y actuaciones inspectivas, respecto a la verificación de la suspensión perfecta de labores en el marco del Decreto de Urgencia 098-2020, que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el Covid-19”.

El presente protocolo se aplica a nivel nacional por todos los órganos y dependencias del Sistema de Inspección del Trabajo; así como, por el personal inspectivo y administrativo en el marco de sus funciones; asimismo, la Intendencia Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo monitorea y supervisa su cumplimiento.

El protocolo ha desarrollado específicamente las siguientes disposiciones respecto a la verificación de la suspensión perfecta de labores:

  • Acciones para la verificación de hechos sobre la suspensión perfecta de labores a solicitud de la autoridad administrativa de trabajo.
  • Verificación de hechos sobre la suspensión perfecta de labores.

Descargar el Protocolo 004-2020-SUNAFIL/INII.

Relacionados
Revista Actualidad Laboral: La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.