Se aprueba la estructura curricular básica de los Centros de Capacitación de Serenos y estandariza las características de uniformes, vehículos, distintivos e implementos del sereno

Con fecha 10 de marzo de 2022, se publica el Decreto Supremo 001-2022-IN en el diario oficial el Peruano, que aprueba la “Estructura curricular básica de los centros de capacitación de serenos”, que como anexo 1 forma parte integrante del presente decreto supremo.

Se aprueba las “Características de uniformes, vehículos, distintivos e implementos del sereno”, que como anexo 2 forma parte integrante del presente decreto supremo.

Los anexos 1 y 2 aprobados en los artículos precedentes son de aplicación obligatoria para las municipalidades provinciales y distritales que cuentan con servicios de serenazgo.

Financiamiento

Las disposiciones contenidas en el presente decreto supremo se financian con cargo al presupuesto institucional de las instituciones competentes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Disposiciones complementarias finales

Primera. Adecuación

1.1. Las municipalidades provinciales y distritales pueden adecuar la estructura curricular básica de los centros de capacitación de serenos, de acuerdo a las modalidades de servicios de serenazgo, su realidad situacional, geográfica, demográfica, índice delictivo, nivel de riesgos y otros factores propios de su jurisdicción. Para tal efecto, las municipalidades provinciales y distritales pueden solicitar a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior el acompañamiento técnico y validación a la referida adecuación.

1.2. En lo que respecta a las características de uniformes, vehículos, distintivos e implementos del sereno, su adecuación se realiza en un plazo no mayor a dos (2) años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto supremo. dicho proceso de adecuación se realiza bajo los siguientes lineamientos:

a. Los nuevos procesos de adquisición referidos a uniformes, vehículos, distintivos e implementos para el servicio de serenazgo municipal, deben cumplir con las características y especificaciones descritas en el anexo 2.

b. Los uniformes e implementos para grupos que desempeñen servicios de serenazgo municipal pueden ser adecuados a la modalidad de servicio de serenazgo, su realidad geográfica o climatológica, siempre que se respete las características y especificaciones establecidas en el anexo 2, dando cuenta de ello a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior.

Segunda. Difusión y capacitación

La dirección General de seguridad ciudadana del Ministerio del Interior se encuentra a cargo de la difusión del contenido de los anexos aprobados mediante el presente Decreto Supremo; así como de la coordinación con los gobiernos regionales y locales a nivel nacional, y la organización de capacitaciones para su debido impulso y aplicación.

Tercera. Normativa complementaria

 El Ministerio del Interior dicta las disposiciones complementarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto supremo.

Puede descarga el Decreto Supremo en el presente link.

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