Mediante el Decreto Supremo 020-2026-TR, publicado hoy, 23 de octubre de 2026, el Poder Ejecutivo declaró días no laborables compensables para los sectores público y privado, con motivo de la visita del Papa León XIV al Perú.
La norma establece las siguientes fechas:
- Lima y Callao: 11 y 12 de noviembre, desde las 13:00 horas, y 16 de noviembre durante todo el día.
- Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura: 13 y 14 de noviembre.
- Cusco y Ucayali: 15 de noviembre, únicamente para el sector privado.
¿Cómo se aplicará en el sector privado?
El decreto establece que las empresas podrán acogerse a estos días no laborables previo acuerdo entre el empleador y los trabajadores. A falta de acuerdo, la decisión corresponderá al empleador, incluyendo la forma de recuperación de las horas no trabajadas.
En el sector público, las horas deberán compensarse dentro de los diez días inmediatos posteriores o cuando lo determine cada entidad.
Asimismo, las empresas que prestan servicios esenciales o de especial relevancia para la comunidad podrán determinar qué trabajadores deberán continuar laborando.
Importante: Estos días no constituyen feriados nacionales, por lo que trabajar durante dichas fechas no genera automáticamente el pago adicional correspondiente al trabajo en feriados.