Mediante el Proyecto de Ley 8911-2024-CR presentado el día 13 de setiembre de 2024, se planteó modificar el artículo 79 del Régimen de Pensiones del Decreto Ley 19990, versado sobre el reajuste de pensiones, en aras de establecer parámetros para efectuarse dicho reajuste.
En la presente iniciativa legislativa, se propone que dos supuestos, en el primero destinado a los pensionistas mayores de 65 años, cuyo valor no exceda el tope vigente en cada oportunidad, serán reajustadas al inicio de cada año mediante decreto supremo, bajo la consideración del costos de vida anual y la capacidad financiera del estado, mientras que a los pensionistas menos de 65 años, se ajustarán periódicamente considerando las previsiones presupuestales y las posibilidades de la economía nacional.