Precisan disposición en lo referente al desarrollo de las audiencias programadas por los órganos jurisdiccionales

Con fecha 7de octubre de 2022, publican en el diario oficial “El Peruano” la Resolución Administrativa ° 000366-2022-CE-PJ, que precisa el numeral 3.9 del artículo tercero de la disposición en la Resolución administrativa 000363-2022-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, cuyo texto será el siguiente:

“3.9 Los jueces y juezas llevarán a cabo las audiencias desde el despacho judicial respectivo, pudiendo estas desarrollarse de forma presencial o virtual; según sea el caso.

Para las audiencias virtuales deberá aplicarse la normativa impartida para tal efecto, y a través del aplicativo Google Meet.

Para las audiencias presenciales la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República y de las Cortes Superiores de Justicia deberán adoptar las medidas sanitarias y de seguridad para tal efecto, a fin de preservar la salud de jueces, personal y usuarios judiciales.

No se suspenderán las audiencias y vistas de causa programadas”.

Puede descargar la Resolución Administrativa en el presente link.

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