Mediante el Informe Técnico 000533-2023-Servir-GPGSC de fecha 12 de abril de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre la identificación del ámbito de la organización sindical, precisando que representación es la elección libre del mismo sindicato, siendo detallado en su respectivo estatuto, el cual puede variar y/o modificarse con el tiempo.
Adicionalmente, Servir indicó que dentro del artículo 2 del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), estableció como principio la obligación de observar el estatuto de la organización sindical para afiliarse a la misma, en el cual se podrá encontrar los criterios para su conformación, como el tiempo de servidores que la integran, el tipo de actividad que realizan dichos trabajadores, su profesión, oficio o especialidad, la extensión territorial que abarca.