Nuevas disposiciones para la realización del trabajo remoto de Jueces y personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima implementados con el Expediente Judicial Electrónico

Mediante Resolución Administrativa 000409-2021-P-CSJLI-PJ,  publicada en el Diario Oficial El Peruano, se  dispone de manera excepcional, el trabajo remoto de los Jueces y personal jurisdiccional y administrativo que laboran en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima implementados con el Expediente Judicial Electrónico, el cual se realizará acorde a lo indicado en la versión 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”; sin embargo, deberán concurrir a laborar presencialmente, excepto los vulnerables, por lo menos dos veces a la semana.

Se establece que la labor presencial diaria de todos los magistrados no vulnerables de los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima implementados con el Expediente Judicial Electrónico, será de:

 07:45 a.m. a 16:45 p.m., con una hora de refrigerio de 12:45 p.m. a 13:45 p.m.

Se establece que la labor presencial diaria del personal jurisdiccional y administrativo no vulnerables de los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima implementados con el Expediente Judicial Electrónico, con el fin de preservar el aforo correspondiente, se realizará en dos turnos (mañana y tarde), conforme a los siguientes horarios:

Primer turno

De 07:45 a.m. a 12:45 p.m., complementándose con tres horas de trabajo remoto, y

Segundo turno

De 13:30 p.m. a 18:30 p.m., complementándose con tres horas de trabajo remoto.

El trabajo remoto de tres horas (que complementarán las cinco horas de trabajo presencial) se desarrollará según lo indicado en la versión 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial» y será coordinado con el jefe inmediato.

Se dispone que los Presidentes de Sala y los Jueces Especializados, cuyos órganos jurisdiccionales tramitan procesos con el Expediente Judicial Electrónico, en el plazo de 24 horas, remitan a la Coordinación de Recursos Humanos y a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (Odecma), la programación de los días (magistrados no vulnerables) y de los días y turnos (trabajadores jurisdiccionales y administrativos no vulnerables), que concurrirán a sus respectivos órganos jurisdiccionales a laborar presencialmente.

Se dispone que el trabajo remoto de los magistrados, personal jurisdiccional y administrativo considerado en el grupo de riesgo al Covid-19 determinado por ley y debidamente comprobado, aun cuando tengan las dosis completas de vacunación, de los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima implementados con el Expediente Judicial Electrónico, se efectivizará en el horario de ocho horas diarias (480 minutos), el cual se realizará acorde a lo indicado en la versión 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial»,

Se pone la presente resolución administrativa en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, la Unidad Administrativa y de Finanzas, de la Unidad de Servicios Judiciales, de la Coordinación de Informática, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, y de la Secretaría General para la notificación de la presente resolución.

Puede descargar Resolución Administrativa en el presente link.

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