Modificaciones, incorporaciones y derogaciones al reglamento de la Ley del Servicio Civil

Mediante el Decreto Supremo 085-2021-PCM, se ha modificado el Reglamento General de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, se realiza con la finalidad de fortalecer la organización, gestión y funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), en su condición de ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y para permitir una adecuada implementación de la Ley 30057 en las entidades públicas de los tres niveles de gobierno.

El Decreto Supremo dictado por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) modifica el artículo III (Ámbito del servicio civil) del Título Preliminar, el artículo 2 (Atribuciones de Servir respecto del Servicio Civil), la Segunda Disposición Complementaria Transitoria (Etapas del proceso de implementación) y la Décima Novena Disposición Complementaria Transitoria (Ingreso de Directivos Públicos) e incorpora el primer párrafo al artículo 3 (Del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos), los artículos 4-A (Conformación del Consejo Directivo de Servir), 4-B (Funciones y Atribuciones del Consejo Directivo de Servir), 238-A (Características de la contratación de directivos públicos) y la Décimo Novena Disposición Complementaria Final (Obligación de dar información sobre el personal del servicio civil) al Reglamento General de la Ley 30057, respectivamente.

El decreto deroga la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo 040-2014-PCM.

Podrán descargar la norma en el siguiente enlace.

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