El 8 de Enero de 2020, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó el Decreto Supremo 002-2020-TR, en la cual se establece medidas para promover la formalidad laboral y la protección de los derechos laborales fundamentales en el sector agrario.
Cabe mencionar que se regula la modificación del artículo 77 del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, con el fin que el trabajador tenga los requisitos mínimos para la elaboración o actualización de la identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles (IPERC).
Requisitos
Los requisitos mínimos que el trabajador debe considerar para la elaboración o actualización de la IPERC son:
- Los trabajadores que realicen actividades rutinarias y no rutinarias en el puesto de trabajo; así como situaciones de emergencia que se podrían presentar a causa del desarrollo de su trabajo.
- Las condiciones de trabajo que existen, así como la posibilidad de que el trabajador que ocupa sea sensible a determinados factores de riesgo.
- Identificar los peligros y evaluar los posibles riesgos o existentes en materia de seguridad y salud que guarden relación con el medio ambiente de trabajo o con la organización del trabajo.
- Incorporar medidas de protección a los trabajadores en situación de discapacidad, realizar la evaluación de factores de riesgos para la procreación, el enfoque de género y protección de las trabajadoras y los adolescentes.
- Los resultados de las evaluaciones de los factores de riesgo físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales.
- Los resultados de las investigaciones de los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
- Los datos estadísticos recopilados producto de la vigilancia de la salud colectiva de las y los trabajadores.
De esta manera se busca que la IPERC constituya un mecanismo o herramienta eficaz para la prevención de los peligros y riesgos que existen o pudieran existir en el sector agrario. Por otro lado, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), publicará las directivas y/o protocolos necesarios para el fortalecimiento de la actuación inspectiva en el sector agrario.
Asimismo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE priorizará acciones de promoción a la formalización laboral en el sector agrario en las regiones donde existe mayor índice de informalidad laboral.
De modo que, La Dirección de Supervisión y Evaluación de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, elaborará un informe anual sobre los resultados del registro de trabajadores en planilla y el cumplimiento de la normativa de seguridad y salud en el trabajo para el sector agrario, en la que se publicará en el portal web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Puedes descargar el Decreto Supremo aquí.