Ministerio de Economía modifica el reglamento operativo del programa de apoyo empresarial a las Mype

Con fecha 28 de abril de 2021, se publicó la Resolución Ministerial 140-2021-EF/15, la cual se denomina “Modifican el Anexo 1 del Reglamento Operativo del Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE), aprobado mediante RM 101-2021-EF/15.

En su artículo único de la citada norma se modifica el Anexo 1 del Reglamento Operativo del Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE), aprobado mediante Resolución Ministerial 101-2021-EF/15. Modifícase el Anexo 1: Lista de actividades económicas que participan en el PAE-MYPE a nivel de división (CIIU Rev. 4).

Recordemos  que, la Ley 30056 “Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial”, estableció el marco legal para la promoción de la competitividad formalización y desarrollo de las micro empresas la cual estableció que las empresas que se acojan a este régimen gozarán de un tratamiento especial asimismo, las MYPE de conformidad con el DS 013-2013-PRODUCE, se establecen beneficios laborales menores a los del régimen común.

A continuación revisaremos la modificación al texto:

Anexo 1: Lista de actividades económicas que Participan en El PAE – MYPE a nivel de división (CIIU REV. 4)

C. Industrias manufactureras

  • C13 Fabricación de productos textiles.
  • C14 Fabricación de prendas de vestir.
  • C15 Fabricación de productos de cuero y productos conexos.
  • C18 Impresión y reproducción de grabaciones.

G. Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas.

  • G46 Comercio al por mayor, excepto el de vehículos automotores y motocicletas.
  • G47 Comercio al por menor, excepto el de vehículos automotores y motocicletas.

H. Transporte y almacenamiento

  • H49 Transporte por vía terrestre y por tuberías.
  • H50 Transporte por vía acuática.

I. Actividades de alojamiento y de servicio de comidas

  • I55 Actividades de alojamiento.
  • I56 Servicio de alimento y bebida.

J. Información y comunicación

  • J58 Actividades de publicación.
  • J59 Actividades de producción de películas cinematográficas, vídeos y programas de televisión, grabación de sonido y edición de música.

M. Actividades profesionales, científicas y técnicas

  • M70 Actividades de oficinas principales; actividades de consultoría de gestión.
  • M71 Actividades de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.
  • M73 Publicidad y estudios de mercado.
  • M74 Otras actividades profesionales, científicas y técnicas.

N. Actividades de servicios administrativos y de apoyo

  • N77 Actividades de alquiler y arrendamiento.
  • N78 Actividades de empleo.
  • N79 Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades conexas.
  • N81 Actividades de servicios a edificios y paisajismo.
  • N82 Actividades administrativas y de apoyo de oficina y otras actividades de apoyo a las empresas.

R. Artes, entretenimiento y recreación

  • R90 Actividades creativas, artísticas y de entretenimiento.
  • R91 Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.
  • R93 Actividades deportivas, de esparcimiento y recreativas.

S. Otras actividades de servicios.

  • S95 Reparación de computadores y de efectos personales y enseres domésticos.

Descargar la Resolución Ministerial 140-2021-EF/15.

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