Ministerio de Desarrollo en Inclusión Social aprobó padrón de beneficiarios del subsidio monetario individual

Mediante Resolución Ministerial 171-2021-MIDIS, publicado el día 08 de setiembre de 2021 en la edición extraordinaria del Diario El Peruano, se aprueba el “Padrón de ciudadanos beneficiarios del subsidio monetario individual autorizado en los numerales 2.1 y 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia 080-2021”. El listado se ha construido sobre la base de la información remitida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

El subsidio monetario individual de S/ 350,00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), está dirigido a las familias mas necesitadas por el efecto de la pandemia del Covid-19 en la economía nacional.

¿Quiénes serán beneficiarios del bono?

Para ser beneficiarios del bono individual, los ciudadanos deben cumplir con lo siguiente:

1. Estar en situación de pobreza o pobreza extrema, según el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).

2. Hogares beneficiarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS, y/o hogares con algún integrante que sea beneficiario del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y/o hogares con algún integrante que sea beneficiario del Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza – CONTIGO a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS).

3.No estar registrados como trabajadores en la planilla pública o privada, excepto pensionistas y practicantes.

4. No pueden tener ingresos totales mayores a S/ 3,000 mensuales por hogar. Esto se verificará con información de la SBS, Sunat, el AIRHSP, y la planilla privada.

Cabe mencionar que según el Midis, los hogares que estén conformados por una sola persona mayor de edad con al menos un menor de edad a su cargo y que no pertenezcan a ninguno de los programas sociales mencionados, se les brindará un apoyo económico de S/ 350, además del subsidio individual, recibiendo un total de S/ 700.

Puede descargar Resolución Ministerial en el siguiente enlace.

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