Mediante el Informe Técnico 000034-2023-Servir-GPGSC de fecha 6 de enero de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se reiteró que los beneficios derivados de convenios colectivos, indistintamente del nivel centralizado o descentralizado, en el cual se haya generado la negociación, no le resulta aplicable a los funcionarios, trabajadores de confianza y directivos superiores, puesto que no son titulares de los derechos de sindicación por exclusión constitucional y legal.
Asimismo, Servir precisó que tampoco podrán gozar de dichos beneficios aquellos servidores que asumen cargos de confianza o de dirección mediante algunas de las modalidades de desplazamiento, no obstante, una vez culminada la designación o encargatura volverán a percibir los beneficios convencionales vigentes.