Los aportantes al sistema privado de pensiones podrán disponer sus fondos por razón de desempleo, migración y estudios

Mediante el Proyecto de Ley 10170-2024-CR de fecha 10 de febrero de 2025, se plantea autorizar a los aportantes del sistema privado de pensiones a disponer hasta el 95.5% de sus fondos previsionales en casos de enfermedad terminal, así como, disponer de los fondos por desempleo y otros.

En la presente iniciativa legislativa, propone modificar los artículo 40 y 42-A de la Ley que crea el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP), como también, el artículo 1 y la primera disposición complementaria de la Ley 27883, Ley que establece la transferencia de Fondos Previsionales entre el Sistema Privado de Pensiones  y otros Sistemas Previsionales del Exterior, en aras de permitir la disposición de hasta el 95.5% de los fondos previsionales por razones de enfermedad terminal o cáncer, así como, el acceso a los fondos por razones de desempleo, migración y estudios.

Proyecto de Ley 10170-2024-CR.

Relacionados
Revista Actualidad Laboral: La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.