Ley retiro fondos AFP: ¿Observar o no observar?… He ahí el dilema

Manos contando dinero

El Poder Ejecutivo tiene desde el lunes 6 la Autógrafa de Ley de Retiro del 25% del fondo AFP aprobada por el Congreso. Puede observarla, pero creo que hay (como mínimo) dos opciones adicionales: (i) Plantear modificaciones técnicas, como exigir que aplique solo a personas con 6 (o 3) o más meses de desempleo; que el tope máximo baje a 1 UIT (S/ 4,300 … más de U$ 1,000); que no aplique a fondos menores de S/ 60,000, que cubren 10 años de pensiones mensuales del mínimo previsional de S/ 500 (Esperanza de Vida 2020: mujeres 79 / hombres 74) ni a cuentas mayores de S/ 200,000 o 300,000 de personas que actualmente trabajan; estar afiliado mínimo 5 años a la AFP, etc… o, (ii) Presentar la Observación como una Cuestión de Confianza, lo que hará pensar a los Congresistas (espero), al menos dos veces, antes de insistir en aprobar el proyecto… como está planetado.

Mucho se cuestiona el hecho que ser parte de un sistema de pensiones implique que te “obliguen” a ahorrar, pero la realidad es que la mayoría no lo hace con fin previsional (nunca); solo para objetivos de corto o mediano plazo (estudios, auto, vivienda, etc). Recordemos los consejos que nacen de la Economía Conductual de Richard Thaler (Nobel 2017).


César Abanto Revilla

Abogado y Maestro en Derecho por la USMP
Socio del Estudio Rodríguez Angobaldo
Profesor de Derecho de la Seguridad Social en la PUCP, UNMSM y USMP
Miembro de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.