Ley que establece una tasa especial y temporal de Impuesto General a las Ventas para Mypes del rubro turístico y restaurantes

Mediante la Ley 31556 publicada el día 12 de agosto de 2022, por medio del diario oficial “El Peruano”, el Congreso de la República publicó la “Ley que promueve medidas de reactivación económica de micro y pequeñas empresas de los rubros de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos», tiene el principal objetivo de establecer una tasa especial y temporal de Impuesto General a las Ventas (IGV), denominado «8% del IGV para Rescatar el Empleo”.

Asimismo, en la presente ley precisa que su aplicación se realizará desde el 1 de setiembre del presente año, hasta el 31 de diciembre de 2024, para las micro y pequeñas empresas (Mypes) orientadas a las actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, servicios de catering y concesionarios de alimentos.

Ley 31556.

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