Ley que establece condición militar de oficiales profesionales de reserva

Se ha publicado en el diario oficial “El Peruano” la Ley 31342, Ley que establece la condición militar de los oficiales profesionales de reserva de las Fuerzas Armadas.

La presente ley tiene por objeto establecer la condición militar de los oficiales profesionales de reserva de las Fuerzas Armadas, su ámbito de aplicación y vinculación, los criterios rectores de clasificación, categoría y grado, con la finalidad de fortalecer la vinculación de la población con las Fuerzas Armadas en la defensa nacional y el desarrollo del país, y la captación del oficial de reserva.

Dicha ley será aplicada a todas las personas egresadas del Curso de Formación de Oficiales de Reserva, que implementen las instituciones de las Fuerzas Armadas.

Además, se ha establecido que todas las personas que aprueben el Curso de Formación de Oficiales Profesionales de Reserva de las Fuerzas Armadas se le otorgará el grado militar de teniente o teniente segundo de reserva mediante resolución de la comandancia general de la respectiva institución de las Fuerzas Armadas.

El grado militar se ostenta solo cuando se está cumpliendo el servicio de reserva, correspondiéndole los honores, tratamientos y preeminencias correspondientes.

Pueden visualizar la presente ley en el siguiente enlace.

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