La modificación reciente del régimen CAS en el Perú, aprobada mediante la Ley 32563, incorpora nuevos derechos laborales para los trabajadores del sector público, entre ellos el acceso a gratificaciones y a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). No obstante, estos beneficios no serán otorgados de manera automática a todos los trabajadores bajo este régimen, ya que su reconocimiento está condicionado al cumplimiento de determinados requisitos.
Entre las exigencias principales se encuentra la necesidad de contar con un vínculo laboral vigente bajo el régimen CAS y cumplir con criterios específicos establecidos por la normativa, como acreditar un periodo mínimo de servicios en ciertos supuestos —por ejemplo, en el caso del personal contratado durante la emergencia sanitaria—, además de no estar sujeto simultáneamente a otro régimen laboral dentro del Estado.
Por otro lado, la implementación de estos beneficios dependerá de los recursos disponibles en cada entidad pública, lo que significa que su otorgamiento se realizará de forma gradual y no uniforme para todos los trabajadores.
En ese sentido, especialistas en derecho laboral recomiendan revisar detenidamente cada situación particular, ya que el acceso efectivo a estos derechos estará determinado tanto por el cumplimiento de las condiciones legales como por las posibilidades presupuestarias de cada institución.