La rotación del personal administrativo activo del sector educación no significa una disminución o variación de su categoría remunerativa

Mediante el Informe Técnico 000045-2023-Servir-GPGSC de fecha 10 de enero de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) indicó que la rotación del personal administrativo del sector educación son el Manual Normativa de Personal 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal” y la Resolución Ministerio 0639-2004-ED, en el cual se aprueba el Reglamento de rotaciones, reasignaciones y permutas para el personal administrativo del Sector Educación.

En ese sentido, conforme el Reglamento de rotaciones, se direcciona a la rotación de reubicación de un servidor activo nombrado dentro de la misma entidad para asignarle funciones de acuerdo al nivel de carrera y grupo ocupacional alcanzados, asimismo, debe reunir los requisitos indicados en el Manual de Clasificador de Cargos del cargo materia de rotación, considerando la existencia de cargo y plaza respectiva, ante el presente supuesto se imposibilita la incrementación, disminución y/o variación de la categoría remunerativa, la modificación de la condiciones del cargo y puesto destinado.

Informe Técnico 000045-2023-Servir-GPGSC.

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