La rotación de los servidores del Sector de Educación será previamente evaluado por una comisión

Mediante el Informe Técnico 00428-2023-Servir-GPGSC de fecha 14 de marzo de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), en la cual pronunció sobre la rotación de los servidores comprendidos en el régimen laboral del Decreto Legislativo 276 en el Sector de Educación, para lo cual indicó que la acción se regula bajo el Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas, aprobado por la Resolución Ministerial 0639-2004-ED, previendo que no se genere una contrariedad con lo dispuesto en el Manual Normativo de Personal 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal” y en lo preestablecido por las disposiciones legales versadas sobre acciones o modalidades de desplazamiento.

Asimismo, Servir indicó que en la rotación del personal administrativo puede realizar por las siguientes razones: a) interés personal; b) salud; y, c) necesidad institucional, siendo evaluado el expediente para la rotación por un Comité de Evaluación, quien determinará la procedencia o improcedencia de la rotación del personal, debiendo actuar conforme al principio de legalidad.

Informe Técnico 00428-2023-Servir-GPGSC.

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