La reincorporación del servidor ante la suspensión sin goce de remuneraciones es al culminar la sanción

Mediante el Informe Técnico 001388-2024-SERVIR-GPGSC de fecha 30 de setiembre de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre la renovación de contrato ante la reincorporación del servidor como consecuencia de la rehabilitación de la sanción de suspensión sin goce de remuneraciones impuesta bajo el marco del régimen disciplinario de la Ley del Servicio Civil, Ley 30057.

Para lo señalado, el organismo rector indicó que el servidor quedará automáticamente rehabilitado de la sanción impuesta conforme lo dispuesto en el numeral 6.7 del numeral 6 de la Directiva que regula el funcionamiento del Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, desde dicho momento el servidor podrá ser reincorporado en el mismo cargo que venía desempeñando, siempre que mantenga un vínculo laboral vigente con la entidad.

Informe Técnico 001388-2024-SERVIR-GPGSC.

Relacionados
Revista Actualidad Laboral: La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.