Mediante la Resolución de Sala Plena 004-2023-Sunafil-TFL de fecha 17 de febrero de 2023, el Tribunal de Fiscalización Laboral precisó en el presente caso, que la cláusula, la cual permite la extensión del convenio colectivo pactado por un sindicato minoritario a los trabajadores no afiliados, configura la vulneración a la libertad sindical, la cual no puede ser acreditada por una sola interpretación o suposición. Asimismo, es fundamental acreditar los efectos negativos sufridos como consecuencia de conductas, las cuales desmotive a los trabajadores de integrar un sindicato, fomentando la desafiliación, la cual configura una infracción muy grave en materia de relaciones laborales.
La libertad sindical no puede ser acreditada con una interpretación o suposición
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