La jornada laboral de la modalidad formativa de experiencias formativas en situaciones reales de trabajo no sería mayor a 4 horas diarias

Mediante el Proyecto de Ley 10162-2024-CR se planteó establecer las experiencias formativas en situaciones reales de trabajo como parte del aprendizaje con predominio en el centro de formación profesional, en aras de lograr que el estudiante de Centros de Educación Técnico-Productiva y de Institutos de Educación Superior Tecnológicos practiquen en las empresas, las materias impartidas en sus respectivos centros de estudio.

En la presente iniciativa legislativa, se considera la modificación de distintos artículos de la Ley sobre modalidades formativas laborales, comenzando por el artículo 2, buscando añadir a los tipos de modalidades formativas, las experiencias formativas en situaciones reales de trabajo. También el artículo 44, en la precisión sobre la duración de la jornada formativa de la nueva inclusión, la cual no sería mayor a 4 horas diarias o 20 horas semanales, finalmente, el artículo 45, en virtud del monto de la subvención económica mensual, se puntualiza que sería definida por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Proyecto de Ley 10162-2024-CR.

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