Existe la posibilidad de contratar bajo plazo indeterminado y determinado al personal amparado en el Decreto Legislativo 1057

Mediante el Informe Técnico 001381-2022-Servir-GPGSC de fecha 31 de julio de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) evocó el desarrollo del Informe Técnico 000232-2022-Servir-GPGSC, en la cual precisa que desde la publicación del Pleno Sentencia 979/2021, recaída en el Expediente 00013-2021-PI/TC, existe la posibilidad de contratar personal bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057 en las modalidades de plazo indeterminado, destinado al desarrollo de labores con carácter permanente, y también, bajo plazo determinado, por necesidad transitoria, confianza y suplencia.

Asimismo, Servir recomendó revisar el contenido del Comunicado 0006-2022-EF-53.1, en la cual el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) habilitó el «Módulo de creación de registros CAS en el AIRHSP de las entidades del Sector Público», con la destinada a la finalidad de creación de nuevos registro CAS, además, el aplicativo antes mencionado, está dirigido al registro centralizado de planillas y de datos de los recursos humanos del sector público.

Mediante el Informe Técnico 001381-2022-Servir-GPGSC.

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