En el delito de nombramiento indebido del cargo público es irrelevante que el cargo objeto de nominación sea temporal o definitivo

Mediante Casación 1712-2019-Lambayeque, la Corte Suprema estableció que la imputación objetiva relativa al tipo penal de nombramiento y aceptación indebida de cargo público (artículo 381 del Código Penal) exige que el agente sea incorporado a un cargo público sin contar con los requisitos normativos correspondientes -el nivel de los preceptos es indistintos, basta que estos se acomoden al ordenamiento jurídico-. Se castiga el hecho de nombrar y aceptar un cargo público para el que el ordenamiento fija determinados requisitos y, pese a ello, el incorporado a la institución u organismo público no los tiene. “El interés tutelado es preciso y a él debe acomodarse la interpretación de los alcances del tipo legal. Es irrelevante, a los efectos del derecho penal, que el cargo objeto de nominación sea temporal o definitivo”

Descargar la Casación 1712-2019-Lambayeque.

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