El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la ley que permite los ascensos automáticos en el personal del sector Salud

El día de hoy, el Tribunal Constitucional declaró por unanimidad la inconstitucionalidad de la Ley 31039, que permite los ascensos automáticos en el personal del sector salud, la cual fue aprobada por el Congreso.

La demanda de inconstitucionalidad que se ha resuelto hoy, fue interpuesta por el Ejecutivo el 1 de setiembre del presente año, luego de que el Legislativo aprobara por insistencia dicha norma.

Dicha ley, hoy derogada, regulaba los procesos de ascenso automático en el escalafón, nombramiento y el cambio a plazo indeterminado de profesionales, técnicos, auxiliares asistenciales y personal administrativo de la salud, que en la práctica implicará el nombramiento de los trabajadores CAS en el sector salud.

Además, de acuerdo al Ejecutivo, la referida ley vulneraba nueve artículos de la Constitución Política del Perú, entre ellos, el principio de separación de poderes (artículo 43), la competencia del Poder Ejecutivo para administrar la hacienda pública (artículo 118), el principio de equilibrio presupuestario (artículo 78) y la prohibición de los congresistas de crear
o aumentar el gasto público (artículo 79).

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