El trabajo remoto de los servidores públicos se encontraba supeditado a la declaratoria de emergencia sanitaria nacional

Mediante el Informe Técnico 001510-2024-SERVIR-GPGSC de fecha 23 de octubre de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronuncio sobre la vigencia del trabajo remoto durante la emergencia sanitaria por la Covid-19.

Para lo consultado, Servir señaló que si bien el trabajo remoto de instauró en aras de evitar la propagación del coronavirus (Covid-19) dentro del territorio nacional, estando sujeto a la declaratoria de emergencia sanitaria nacional, no obstante, dicha situación culminó el día 25 de mayo de 2023. Actualmente, la administración pública puede ejercer ciertas funciones bajo la figura del teletrabajo, regulado por la Ley 31572, dicha modalidad de prestación de laborales se empleada conforme a las necesidades de la entidad pública para brindar un mejor servicio a la ciudadanía, como también optimizar la gestión de resultados.

Informe Técnico 001510-2024-SERVIR-GPGSC.

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Revista Actualidad Laboral: La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.