Mediante el Comunicado 004-2023, La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) se pronunció sobre las facilidades a favor de los servidores civiles de las regiones afectadas por las intensas precipitaciones pluviales, ante la declaratoria de emergencia en los distintos departamentos del Perú anexados en los Decretos Supremos 28-2023-PCM, 29-2023-PCM, 34-2023-PCM y 35-2023-PCM.
Asimismo, el presente organismo rector indicó que la flexibilidad en el horario laboral conjuntamente con las horas de tolerancias compensables del personal afectado por la situación climatología peruana que realice trabajo presencial; se podría implementar el trabajo remoto, con la finalidad de salvaguardar la seguridad de los servidores. Adicionalmente, las horas dejadas de laborar no deberán ser consideradas como tardanzas, siendo responsabilidad de las entidades adoptar medidas para el cumplimiento de las funciones.