El excederse a los límites del marco normativo configura un quebrantamiento a la garantía de la libertad sindical

Mediante la Resolución 640-2021-Sunafil/TFL-Primera Sala de fecha 13 de diciembre de 2021, el Tribunal de Fiscalización Laboral recuerda que el VIII Pleno Jurisdiccional Supremo acerca de materia Laboral y Previsional, el cual se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”,  el día 05 de octubre del 2019, indica que asume dos posibilidades de extensión del convenio colectivo por decisión bilateral, con previa autorización del sindicato¸ y otro por decisión unilateral, la cual consiste en que la vía excepcional puede extender los efectos del convenio colectivo por decisión unilateral del empleador, pero limitado solo a beneficios que sean más favorables para el trabajador.

Con respecto al particular, no se trata de una decisión vinculante, se aprecia un posicionamiento jurisdiccional que, en el tiempo, está sujeto a constantes variaciones; no obstante, la fórmula establecida en el pleno mencionado líneas arriba, está alejada de la correcta perspectiva de la promoción y fomento de la negociación colectiva o de una adecuada garantía de la libertad sindical, los cual están establecidos en el artículo 28 de la Constitución Política del Perú de 1993.

En razón a ello, la decisión unilateral del empleador no puede exceder los límites establecidos en el marco normativo, definido por el bloque de legalidad informado por la norma constitucional anteriormente mencionada; por lo tanto, no es procedente incumplir el ideal de la promoción y el fomento de la negociación colectiva, ni la garantía a la libertad sindical.

De tal forma que, por el poder de dirección, no puede desvanecerse en la practica los efectos, ni tampoco el sentido que tendría dentro del ámbito del ejercicio de la libertad sindical. Es en razón de ello, que la Sala señala lo mencionado en el VIII Pleno Jurisdiccional Supremo en materia Laboral y Previsional, por cuanto los efectos de dicho criterio producen efectos contrarios a los derechos constitucionales examinados.

Descargar la la Resolución 640-2021-Sunafil/TFL-Primera Sala.

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