Con fecha 26 de mayo del 2024, se publicó en el diario oficial “El Peruano” el Decreto Supremo 003-2024-TR, que aprueba el reglamento de la Ley 32027, que autoriza disponer libremente del retiro de la CTS, a fin de cubrir sus necesidades por causa de la actual crisis económica.
¿Quiénes podrán retirar su CTS?
Los trabajadores del sector privado que estén comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Compensaciones por Tiempo de Servicios. También los trabajadores de empresas del Estado sujetos al régimen laboral del TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
Finalmente es menester recordar que los trabajadores podrán disponer libremente, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024, del cien por ciento (100%) de la CTS que tienen acumulados a la fecha de disposición, siendo estos de retiros totales o parciales, conforme al monto disponible en cada cuenta.