Con fecha 5 de octubre de 2021, se publica en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto de Urgencia 092-2021, que tiene por objeto ampliar hasta el 30 de abril de 2022 el plazo de vigencia del proceso de formalización previsto en el numeral 4.2 del artículo 4 del Decreto Legislativo 1392, Decreto Legislativo que promueve la formalización de la actividad pesquera artesanal, modificado por el Decreto Legislativo 1484, de embarcaciones pesqueras mayores a 6.48 de arqueo bruto y hasta 32.6 m3 de capacidad de bodega en el ámbito marítimo, como medida complementaria para la reducción del impacto del Covid-19 en la economía peruana.
Ampliación
Se amplía hasta el 30 de abril de 2022, el plazo de vigencia del proceso de formalización previsto en el numeral 4.2 del artículo 4 del Decreto Legislativo 1392, Decreto Legislativo que promueve la formalización de la actividad pesquera artesanal, modificado por Decreto Legislativo 1484, como medida complementaria para la reducción del impacto del Covid-19 en la economía peruana.
Financiamiento
La implementación del presente Decreto de Urgencia se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Vigencia
El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 30 de abril de 2022.
El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de la Producción y el Ministro de Defensa.
Puede descargar el presente Decreto de Urgencia en el siguiente link.