Mediante la Resolución 299-2022-Sunafil/TFL-Primera Sala, el Tribunal de Fiscalización Laboral confirmó la sanción impuesta a la empleadora por la desnaturalización de contratos a plazo fijo por incremento de actividad.
Estos son los cuatro supuestos que pueden configurar una desnaturalización de los contratos de trabajo sujetos a modalidad, según el Tribunal Laboral: “a) si el trabajador continua laborando después de la fecha de vencimiento del plazo estipulado, o después de las prórrogas pactadas, si estas exceden del límite máximo permitido; b) cuando se trata de un contrato para obra determinada o de servicio específico, si el trabajador continúa prestando servicios efectivos, luego de concluida la obra materia de contrato, sin haberse operado renovación; c) si el titular del puesto sustituido, no se reincorpora vencido el término legal o convencional y el trabajador contratado continuare laborando; d) cuando el trabajador demuestre la existencia de simulación o fraude a las normas establecidas en la presente ley, en observancia de lo prescrito en el artículo 77 del TUO de la LPCL”.