¿Cuáles son las actividades económicas autorizadas en el marco de la prórroga del estado de emergencia nacional?

En virtud a la prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la Covid19, el Ministerio de Trabajo y Promoción al Empleo ha emitido un documento en el cual intenta detallar las actividades económicas que podrían continuar en esta prórroga del Estado de Emergencia.

El referido documento, señala que las actividades autorizadas son las siguientes:

  • Prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos.
  • Prestación de los servicios de salud y medicinas.
  • Prestación de los servicios financieros.
  • Prestación de los servicios de restaurante para entrega a domicilio (delivery).
  • Prestación de los servicios de agua y saneamiento.
  • Prestación de los servicios de energía eléctrica, gas y combustibles.
  • Prestación de los servicios de telecomunicaciones y actividades conexas.
  • Prestación de los servicios de limpieza y recojo de residuos sólidos.
  • Prestación de los servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
  • Actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas.
  • Prestación de los servicios de transporte de caudales, esto último según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Podrán descargar el documento completo, en el siguiente enlace.

Relacionados
Revista Actualidad Laboral: La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.