Mediante el Informe Técnico 000127-2021-Servir-GPGSC de fecha 19 de enero de 2021, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), se pronunció sobre los efectos de la determinación de alguna conducta pasible de reproche disciplinario por medio del procedimiento administrativo disciplinario (PAD), previamente se debe verificar si se encuentra subsumida en alguna falta preestablecida en la Ley del Servicio Civil, en su reglamento, para casos de aplicar sanciones de suspensión o destitución, y dentro de lo expresado en el Reglamento Interno de los Servidores Civiles (RIS) destinado a caso de faltas leves.
En ese sentido, Servir indicó que dicha determinación le corresponde a las propias entidades, según corresponda cada caso en concreto, no siendo una atribución del presente organismo rector determinar la subsunción de una conducta en alguna falta específica.