El día 9 de agosto de 2021, se ha publicado en el diario oficial El Peruano, la resolución de contraloría 158-2021-CG: “Reglamento para implementar la Ley 31227, respecto a la recepción, el ejercicio del control, fiscalización y sanción de la Declaración Jurada de Intereses de autoridades, funcionarios y servidores públicos del Estado, y candidatos a cargos públicos”.
Se reglamenta la ley 31227 (ley que transfiere a la contraloría general de la república la competencia para recibir y ejercer el control, fiscalización y sanción respecto a la declaración jurada de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos) la cual establece que la declaración jurada de intereses, como instrumento para la detección y prevención de conflictos de intereses y requisito indispensable para el ejercicio del cargo o función pública, se presenta ante el sistema de la contraloría general de la república; ello, con el fin de garantizar la autonomía e independencia en el control, fiscalización y sanción de dichos instrumentos, de conformidad con el artículo 82 de la Constitución Política del Perú y de los principios constitucionales de lucha contra la corrupción, transparencia y buena administración.
La presente Resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Se encarga a la Subgerencia de Fiscalización la emisión de los documentos normativos que resulten necesarios para la aplicación de lo dispuesto en el Reglamento aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución.
Descargue la resolución en el siguiente link: aquí.