Aprueban las condiciones para el otorgamiento del Bono Excepcional Anticorrupción previsto en la Nonagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley 31365

Mediante Decreto Supremo 044-2022-EF, publicado el día 24 de marzo de 2022 en el Diario Oficial El Peruano, se aprueban las condiciones para el otorgamiento del Bono Excepcional Anticorrupción a favor de los Fiscales Provinciales Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Ministerio Público equivalente a la suma de S/ 2 400,00 (Dos mil cuatrocientos y 00/100 soles) mensuales.

El referido Bono no tiene naturaleza remunerativa, ni carácter pensionable, no constituye base de cálculo para beneficio alguno y su percepción se circunscribe únicamente al periodo del ejercicio de las funciones especiales.

El Bono Excepcional Anticorrupción es una entrega económica de periodicidad mensual, que se percibe por el periodo en que los Fiscales Provinciales Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Ministerio Público ejerzan dichas funciones especiales y que cuenten con vínculo laboral vigente y se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).

El otorgamiento del Bono Excepcional Anticorrupción se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Puede descargar el Decreto Supremo en el presente link.

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