Ante una emergencia sanitaria el personal médico especialista o asistente de salud público se encuentra exceptuado de de la prohibición de doble percepción de ingresos

Mediante el Informe Técnico 000215-2023-Servir-GPGSC de fecha 31 de enero de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre la aplicación de la Ley 31724, Ley de reforma constitucional que habilita el doble empleo o cargo público remunerado del personal médico especializado o asistencial de salud, en caso de Emergencia Sanitaria. Ante ello, indicó que conforme la Ley 31122, la cual modificó y amplió el artículo 40 de nuestra Carta Magna, incluyendo temporalmente al personal médico precisado anteriormente, dentro de las excepciones frente a la prohibición de doble percepción de ingresos en el sector público para poder contratar.

Asimismo, Servir recordó que dicha prohibición se regula dentro del artículo 3 de la Ley 28175, señalando que ningún empleado público puede percibir del Estado más de una remuneración, retribución, emolumento o cualquier tipo de ingreso. En ese sentido, el presente organismo rector, expresó que a partir del día 26 de febrero del 2022, este personal se encontraría exento de la prohibición de doble percepción de ingresos por parte del Estado.

Informe Técnico 000215-2023-Servir-GPGSC.

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