Mediante la Casación 21463-2022-Lima de fecha 24 de mayo de 2023, la Corte Suprema de Justicia señaló que en el presente caso el despido efectuado en contra de la trabajadora, por acceder a la base de datos oficial del Sistema Privado de Pensiones sin el consentimiento de 13 compañeros de trabajo, era desproporcional.
La presente Corte señaló que la trabajadora no empleo la información obtenida para fines ilegales, como tampoco causó daño a terceros, solo revisó la información desde su usuario proporcionado por la entidad, pero no autorizada por los titulares. Asimismo, señaló que la demandante en su legajo personal no tenía antecedentes disciplinarios, y que la extinción del contrato de trabajo debía ser fundamentada por una causa justa prevista en nuestra normativa laboral.