El día de ayer, 14 de abril de 2020, se publicó en el diario oficial El Peruano, el Decreto de Urgencia 038-2020, que autoriza de forma excepcional a los empleadores a solicitar la suspensión perfecta de labores de sus trabajadores, como respuesta al impacto económico generado por el Coronavirus (COVID-19), pero al mismo tiempo dispone una serie de mecanismos para que los trabajadores afectados por esta medida no queden en la orfandad económica.
Conforme al numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto de Urgencia 038-2020, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo pone a disposición la plataforma virtual en la cual las empresas registran su solicitud de suspensión perfecta de labores en el marco de lo establecido en el citado Decreto de Urgencia.
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