Los servidores de las instituciones públicas pueden seguir laborando remotamente hasta el 25 de febrero de 2023

Persona escribiendo en su laptop

Mediante el Informe Técnico 002782-2022-SERVIR-GPGSC de fecha 29 de diciembre de 2022, se reiteró como antecedente que el trabajo remoto se empleó como prevención ante la propagación del coronavirus (Covid-19), ante ello, la modalidad laboral se reguló por medio del Decreto de Urgencia 026-2020, teniendo como fecha de culminación el 31 de diciembre de 2022, conforme a lo establecido en el Decreto de Urgencia 115-2021.

No obstante, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), como rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos , interpreta que el tercer párrafo de la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia 055-2021, posibilita a las instituciones públicas aplicar la modalidad remota dentro del aún vigente estado de emergencia sanitaria hasta el 25 de febrero de 2023, para sus servidores, conforme al análisis de sus necesidades institucionales.

Informe Técnico 002782-2022-SERVIR-GPGSC.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.