Los trabajadores, tanto del sector público, como del privado, no están ajenos a sufrir un accidente o una emergencia médica que no les permita continuar momentáneamente con sus funciones usuales en el trabajo, esta suspensión de la relación laboral se encuentra garantizada con el descanso médico, el mismo que es una oportunidad que pueden tener los trabajadores para poder tomarse un tiempo para reponerse y regresar a trabajar sin ningún problema.
A continuación, te indicamos que debes tener en cuenta antes de solicitar un descanso médico.
¿Qué es el descanso médico?
Es el periodo de descanso físico o mental prescrito por el médico tratante, necesario para que el paciente (en este caso el trabajador enfermo), logre una recuperación física y mental que le permita su recuperación total.
Evita los descuentos que pueden ser aplicados por falta de trabajo.
¿Cuántos días de descanso médico puede tener un trabajador?
Un trabajador formal que tengan un contrato laboral privado o público, tiene derecho de hasta un año de descanso médico, que deberá acreditar con un certificado médico que se lo otorga EsSalud.
El plazo inicial de 20 días de descanso lo paga el empleador; luego, si el trabajador requiere más tiempo para recuperarse, su remuneración empieza a ser pagada por EsSalud hasta por 11 meses y 10 días adicionales. EsSalud financia el descanso médico a través del subsidio por incapacidad temporal de trabajo.
¿Cómo funciona el subsidio de EsSalud para los trabajadores?
El empleador es el que paga ese subsidio (en los primeros 20 días), pero luego debe tramitar el reembolso ante EsSalud.
El trabajador debe canjear el certificado médico particular por el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT), para así validar la incapacidad temporal.
- Solo se tienen 30 días para tramitar este canje y puedan realizar las acciones de forma normal y sin complicaciones.
Este subsidio restringe ciertos beneficios laborales:
- Vacaciones, accidentes fuera del trabajo, los pagos de CTS y utilidades son cubiertos solo por dos meses.
- En caso de que el accidente ocurre como pare del trabajo, los beneficios se reciben normalmente.
¿A cuánto asciende el subsidio por incapacidad temporal de trabajo?
Equivale al promedio diario de las remuneraciones de los últimos 12 meses calendario inmediatamente anteriores al mes en que se inicia la incapacidad y si el total de meses de afiliación es menor a 12, el promedio se determinará en función a los que tenga el afiliado.
¿Cómo presentar el certificado de descanso médico?
Para sustentar que se encuentra mal de salud o ha sufrido un accidente, es importante que presente el descanso médico sin borrones ni enmendaduras y además, debe contener estos datos:
- Nombre completo del paciente.
- Diagnóstico médico.
- Fecha de inicio y término del descanso.
- Número de días de descanso médico.
- Firma (igual que en el DNI), sello y número de colegiatura del médico tratante.
Atenciones ambulatorias
- Descanso médico original.
- Receta médica e indicaciones.
- Recibo por honorarios o ticket de atención.
- Orden de exámenes y/o análisis.
- Comprobante de pago de medicamentos y/o de exámenes realizados.
- Resultados o informes de los análisis y/o exámenes. Informe médico.
Atenciones hospitalarias
- Informe médico.
- Liquidación de gastos de la clínica u hospital.
- Informe operatorio y/o epicrisis.
- Recetas médicas.
- Informe de radiología, resonancia magnética y/o análisis clínicos.
- Informe del médico rehabilitador y tarjetas de asistencia para la rehabilitación.
¿Cuáles son las consecuencias si el certificado médico es falso?
Si el trabajador entrega el descanso médico con una enfermedad que no padece, el empleador puede despedir al trabajador y no se le indemnizará.
Solo se le reconoce:
- Gratificaciones.
- Vacaciones truncas (en caso las tuviera).
- Se le entregará las cartas de CTS.
- Recoge un porcentaje de las utilidades de la empresa (en caso haya generado).
Si el trabajador entrega un descanso médico cuya información es falsa, es causal de despido por falta grave, independientemente de la duración del contrato del trabajador.
Esperamos que la información les sea de utilidad.
Antonella Varela Gonzalez
Estudiante de Economía de la Universidad de Lima.