Es nulo el despido que lleva como motivo el ejercicio del derecho a la libertad sindical del trabajador para afiliarse al sindicato

Persona siendo despedida

Mediante la sentencia recaída en el Expediente 04767-2017-PA/TC, el Tribunal Constitucional manifestó los objetivos que persiguen las organizaciones sindicales, al representar al conjunto de trabajadores de su ámbito, según lo desarrolla le máximo interprete de la Constitución, cumplen un rol fundamental y esencial dentro de la sociedad, ya sea porque actúan como una manifestación del derecho de asociación o talvez, por su vinculación con la consolidación del Estado constitucional.

Es precisamente para este logro que tiene entre sus principales tareas el estudio, desarrollo, protección y sobre todo defensa de los derechos e interés de sus participantes, asimismo buscar el mejoramiento social, moral y económico de cada uno de sus miembros, tal como se menciona dentro de la sentencia 0008-2005-PI/TC.

Por esta razón, el Tribunal dentro del caso señaló que está probado que la accionante, en setiembre de 2012, comenzó a integrar el Sindicato de Trabajadores de la Red Vial 06 Opecovi, además, dentro de la instancia judicial se acreditó la obtención del reconocimiento de su vínculo laboral con Coviperu, no obstante, la demandante procedió a la extinción del vínculo laboral sin expresar alguna justificación legítima, tal como se verifica en la carta de fecha 15 de setiembre de 2016. «De lo actuado se advierte que el despido de la demandante responde a que esta ejerció su derecho a la libertad sindical al afiliarse al Sindicato de Trabajadores de la Red Vial 06 Opecovi; en consecuencia, el despido de la recurrente deviene en nulo y violatorio de sus derechos constitucionales al trabajo y a la libertad sindical (…)».

Descargar el Expediente 04767-2017-PA/TC.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.