Mediante Resolución Ministerial 029-2021-MIDIS, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó el “Padrón de hogares beneficiarios del subsidio monetario complementario autorizado por el artículo 2 del Decreto de Urgencia 010-2021”.
Cabe recordar que el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia 010-2021, autorizó el otorgamiento excepcional y por única vez de un subsidio monetario complementario de S/ 600.00 soles a favor de aquellos hogares en condición de pobreza y pobreza extrema, de acuerdo con el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh); aquellos hogares beneficiarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres Juntos y/o aquellos hogares con algún integrante que sea beneficiario del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y/o aquellos hogares con algún integrante que sea beneficiario del Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza – Contigo a cargo del Midis y aquellos hogares no comprendidos en los literales a y b precedentes, cuyos integrantes no se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (Airhsp) o en la planilla privada; se excluye a los pensionistas y a la modalidad formativa.
Descarga la Resolución Ministerial 029-2021-MIDIS.