El Congreso de la República aprobó la Ley 32445, que autoriza a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) el retiro extraordinario y voluntario de hasta cuatro Unidades Impositivas Tributarias (4 UIT) de sus cuentas individuales de capitalización. La norma fue promulgada por la presidenta Dina Boluarte y publicada este sábado 20 de setiembre de 2025 en el diario oficial El Peruano.
El procedimiento de retiro establece que los afiliados podrán presentar su solicitud, de manera física o virtual, dentro de los 90 días posteriores a la entrada en vigencia del reglamento que emitirá la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Los desembolsos se efectuarán en armadas de 1 UIT cada 30 días calendario, iniciándose el primero a los 30 días de presentada la solicitud. Los afiliados que deseen suspender el proceso podrán hacerlo por única vez antes del siguiente desembolso.
La ley precisa que los fondos retirados conservarán su condición de intangibles, quedando protegidos frente a embargos, retenciones o descuentos, salvo en casos de deudas alimentarias hasta un máximo del 30 %. Asimismo, se habilita a las entidades financieras, incluido el Banco de la Nación, a abrir cuentas de manera masiva para facilitar los pagos. Con esta medida, también se introducen modificaciones al marco previsional vigente, con el fin de brindar mayor flexibilidad en el acceso a los fondos y garantizar los aportes a Essalud en determinados regímenes de jubilación.